Tierras del Parque Nacional Cabo Polonio deberían ser transferidas al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente
Nota de Prensa – Dra. Victoria Pereira
Tierras del Parque Nacional Cabo Polonio deberían ser transferidas al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente.-
Ciudadanos comprometidos por el medio ambiente han presentado ante la Dirección Nacional de Medio Ambiente un escrito intimándole que, en atención a lo establecido en las leyes vigentes, proponga al Poder Ejecutivo la transferencia de dominio a favor del MVOTMA de los terrenos propiedad del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca comprendidos dentro del Parque Nacional Cabo Polonio
Tal circunstancia surge porque la “Comisión Constitución, Códigos, Legislación General y Administración” de la Cámara de Diputados se encuentra estudiando un proyecto de ley enviado por el Poder Ejecutivo en Diciembre de 2010, relacionado con la transferencia gratuita de ciertos inmuebles propiedad del Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca a favor del Instituto Nacional de Colonización. Y precisamente algunas de las tierras incluidas dentro del proyecto de ley se encuentran comprendidas dentro del Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SNAP), específicamente dentro del Parque Nacional Cabo Polonio, declarado con tal categoría mediante Decreto 337/009, del 20 de julio de 2009
La mencionada Comisión de Diputados ha recibido al Presidente del Instituto Nacional de Colonización, así como a representantes de la Intendencia de Rocha, a fin de aclarar diversos aspectos del proyecto de ley en consideración, pero hasta la fecha no ha comparecido el MVOTMA para expresar su opinión al respecto.
Los ciudadanos que han presentado el escrito ante el MVOTMA entienden que las tierras propiedad del Ministerio de Ganadería, Agricultora y Pesca que se encuentran comprendidas dentro del SNAP deben ser trasladados al MVOTMA, porque expresamente lo estipula la Ley 17.234, Ley de Áreas Protegidas.
Por otro lado, señalan que la ley lo establece como un deber del Poder Ejecutivo (no como una facultad) el traspasar al MVOTMA el dominio de los terrenos propiedad de la Administración Central comprendidos dentro del SNAP, sin requerir para ello consentimiento del organismo titular, como en este caso el Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca.
Asimismo, también expresaron que la Ley 18.187, relativa al Instituto Nacional de Colonización, establece dos requisitos para que las tierras propiedad del Estado, entes autónomos, servicios descentralizados y organismos públicos en general Estado, sean cedidas o transferidas al Instituto Nacional de Colonización: (1º) Sean tierras económicamente apropiadas para la formación de colonias; y (2) Se encuentran afectadas a destinos específicos. Y ambas requisitos no se cumplen para el traspaso de tierras comprendidas dentro del SNAP.